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EL CONFITAL, RECURSO NATURAL ÚNICO E INSUSTITUIBLE PARA LA CIUDAD DE LAS PALMAS

Este escrito pretende aportar una propuesta en el marco del debate abierto sobre los usos y función a los que debe destinarse al Confital, recientemente adquirida por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

El Confital se compone en realidad de dos zonas diferenciadas, la primera, conocida propiamente por El Confital, es la zona visible desde la Playa de Las Canteras y la segunda, la de Las Salinas, es la que no es visible desde la playa y que se sitúa más al norte, al oeste y por debajo de Las Coloradas. Ambas zonas están constituidas por las plataformas costeras y las laderas que ascienden hasta los llanos de Las Coloradas y en su conjunto albergan interés geomorfológico, biológico y patrimonial (costa rocosa y pequeñas zonas de arena, rasas intermareales, avifauna, fauna y vegetación de charcas intermareales, vegetación halófila, restos de actividades humanas históricas, yacimiento arqueológico de la Cueva de los Canarios, y posiblemente algunos más) y un indudable valor paisajístico en su conjunto.

Enclave único y excepcional

Si hacemos un recorrido por el litoral del municipio de Las Palmas de Gran Canaria, se puede constatar que este espacio es el único que permite el contacto con la naturaleza en el litoral.

En el litoral de naciente del término municipal (Jinámar – La Isleta), la única zona natural la constituye el Sitio de Interés Científico de Jinámar, parte del cual cuenta con una protección estricta, necesaria para la preservación de la flora amenazada existente y el resto, en la desembocadura del Barranco de Jinámar, no tiene perspectivas de disfrute de un entorno natural por la cercana presencia de la GC-1 y la urbanización del denominado “parque marítimo” de Jinámar, actualmente en construcción. La costa hasta la Playa de la Laja es acantilada y sin opciones de usos, y desde la Playa de la Laja hasta la Península del Nido, extremo norte del Puerto de la Luz, en La Isleta, el litoral está completamente antropizado, sin que apenas se encuentren restos de la línea de costa natural (San Cristóbal). En la Isleta, las expectativas de crecimiento portuario hasta la cantera de Roque Ceniciento y la costa acantilada e inaccesible hasta la zona de Las Coloradas dificultan un adecuado disfrute del litoral.

Con orientación a poniente, las plataformas costeras de Las Salinas y El Confital sí conforman un espacio de suficiente entidad con posibilidad de propiciar un adecuado contacto y disfrute de la naturaleza costera. A continuación, desde el barrio de la Isleta hasta El Rincón está el frente urbano de poniente de la ciudad de Las Palmas, con el paseo marítimo de Las Canteras. Por último, las zonas costeras situadas entre los acantilados del Rincón y Costa Ayala no reúnen tampoco condiciones para su disfrute por tratarse de una franja estrecha, muy cercana a la GC-2, con una costa acantilada y acceso difícil.

El Confital y Las Salinas, suponen por tanto el único lugar y por tanto la única y la última oportunidad de preservar un espacio litoral para el disfrute de la naturaleza. Parece ser ahora el momento adecuado para abordar la recuperación este espacio para ofertarlo como un espacio natural a los ciudadanos de Las Palmas y de toda la isla, garantizando con ello su disfrute para las generaciones futuras. Con ello se revalorizaría el concepto de áreas naturales interiores a las grandes ciudades, para un esparcimiento ligado al sosiego y la tranquilidad, más relacionado con lo contemplativo que con lo activo y en la línea de recuperar el escaso patrimonio natural que va quedando en el municipio, cualificando así los entornos circundantes de la ciudad.

Necesidad de una restauración integral

Pero esta recuperación no se logra con “dejar las cosas como están”, y poco más; este lugar conserva valiosos recursos naturales, patrimoniales y paisajísticos, pero debido a su actual nivel de deterioro y abundancia de impactos, debe actuarse en positivo para conservar su naturalidad actual y recuperar su naturalidad perdida.

Lo que falta por hacer es algo bastante novedoso en Gran Canaria: abordar una verdadera restauración ambiental de un espacio natural degradado. Pero para ello, las actuaciones que deben llevarse a cabo han de estar muy bien planificadas y mucho mejor ejecutadas; esta tarea hay que realizarla con pleno conocimiento del medio y de los procesos de recuperación y regeneración natural, con absoluto respeto a los elementos naturales y al patrimonio y con una gran sensibilidad natural y paisajística.

Éste debe ser el primer paso, el de la eliminación de impactos y restos de construcciones y abordar un proyecto-programa de restauración natural. En esta fase habría que realizar:

ß La protección efectiva de las zonas y elementos con valores naturales, patrimoniales y paisajísticos.

ß El traslado de los últimos residentes y la demolición de las chabolas.

ß La limitación del tráfico.

ß La limpieza y eliminación de basuras, vertidos, restos de cimentaciones y demoliciones.

ß La restauración natural, de la morfología, suelos, vegetación y paisaje principalmente.

ß La restauración del patrimonio.

Usos compatibles con la protección

¿Qué usos y actividades son susceptibles de realizar en este espacio además de la restauración ambiental)? Como espacio natural, los usos habrán de ser los que permitan y garanticen la conservación de sus valores y características ambientales, tales como el paseo, la contemplación y el disfrute del paisaje, el baño en las zonas aptas para ello, la realización de determinadas actividades deportivas, especialmente las tradicionales ligadas al mar, y la divulgación de los valores y características del ámbito y de las labores de restauración que se pretenden o que vayan realizándose, mostrando la evolución de dicha restauración.

Esto supone que hay que desechar definitivamente los grandes equipamientos e instalaciones, tales como zonas de piscinas, parques urbanos, parques recreativos y temáticos, campos de golf, acuarios, paseos marítimos, instalaciones náuticas, etc., todos ellos usos incompatibles con dicha finalidad por su capacidad transformadora y urbanizadora, así como cualquier uso o actividad que suponga una importante ocupación superficial o la alteración de las condiciones naturales, del paisaje, o genere impactos paisajísticos.

Deben también evitarse usos cuya implantación condicione la función global del conjunto del ámbito: la creación de una zona de acampada – demandada por determinados colectivos – no se considera compatible con la función y propuesta de uso global que se propone y con la recuperación de la naturalidad y búsqueda del contacto con la naturaleza por parte de los visitantes.

En relación directa con los usos, un aspecto de especial importancia es definir los lugares y las vías de acceso y la forma de acceder por ellas (a pie o en vehículo); la accesibilidad debe resolverse acorde con las características del espacio natural y con su capacidad de acogida (que habrá que determinar), con los usos que finalmente se planteen y su intensidad y con los objetivos de tranquilidad y sosiego que deben exigirse. En esta línea sería recomendable que el acceso fuese únicamente accesible a pie o a bicicleta y buscar los emplazamientos adecuados para los aparcamientos de los visitantes.

De modo esquemático, en relación con el uso público habría que realizar, entre otras, las siguientes acciones:

ß Definición y planificación de los usos compatibles (recreativos, deportivos, divulgativos y didácticos) en todo el ámbito: recorridos, recursos, necesidades.

ß Definir y ordenar los accesos.

ß Definición y acondicionamiento para los recorridos interiores.

ß Regulación de las actividades de ocio y deportivas en el medio natural.

ß Guardería especializada y no motorizada.

ß Instalaciones ligeras de apoyo a la interpretación y divulgación.

ß Programa continuo de evaluación y seguimiento de la conservación y restauración del espacio y del uso público.

La función, usos compatibles, finalidad y objetivos de la actuación y sus condiciones ambientales deberían estar previstas en el instrumento de ordenación que corresponda, y concretarse posteriormente en un proyecto muy detallado en cuanto a la definición pormenorizada gráfica y en texto de todas las actuaciones, de los criterios de actuación, de las cautelas y criterios ambientales, etc. Debe realizarse un adecuado proceso de participación ciudadana del proyecto.

Por último es importante que en las tomas de decisiones en relación a este espacio, ha de actuarse siempre de acuerdo con los principios de precaución e incertidumbre, de prevención, de mínimo impacto y de equidad intra e intergeneracional establecidos en el artículo 7 de las Directrices de Ordenación General de Canarias para las intervenciones públicas que afecten al medio ambiente.

Carlos Rios

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